DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano, Abogado: JULIO CACERES GAMBOA, actuando en su carácter de Defensor Público Penal del acusado, ciudadano: CRISTIAN ACOSTA PAYARES, titular de la cédula de identidad No. V-24.602.278, y consecuentemente declara la NULIDAD de la Resolución dictada por este mismo Despacho en fecha 05-06-2007, que corre inserta a los folios No. 175 al 177 de las actuaciones, por cuanto, la misma, fue dictada al co-imputado existente en la causa, esto es, el ciudadano: CRISTIAN ACOSTA PAYARES, titular de la cédula de identidad No. V-24.602.278, cuando debió haberse dictado en contra del co-imputado de autos, penado: RAFAEL EDUARDO MALDONADO BARON, t.....