Por todo lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos la notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. En consecuencia, se ordena la notificación de la ciudadana abogada en ejercicio ORIANA MONSALVE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.521.397, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 150.712, con domicilio procesal en la Avenida Andrés Bello, Centro Comercial Las Tapias, recuperadora Latina, Nivel uno, local 57, Municipio Libertador del estado Mérida, y jurídicamente hábil, actuando con el carácter de apoderada judicial del BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, sociedad mercantil domiciliada en la ciudad .....