DECISIÓN:
En consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 2, 26 52, 80 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 2, 3, 4, 5, 6 7, 19 y 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, autoriza el traslado del penado SALAZAR MENDEZ JESUS ALBERTO, a la Casa del Peregrino, ubicada en Caracas, Distrito Capital, por un lapso de seis (6) meses, con la finalidad de recibir su desintoxicación por el consumo de estupefacientes y total recuperación, orientada al logro de una efectiva reinserción social una atención individualizada y comunitaria en la Casa del Peregrinó.
Notifíquese a las todas las partes, expídanse los oficios indicados up supra a los órganos antes mencionados, especialmente a la Casa del Peregrino, en Caracas, remitiendo con a todos la copia certific.....