DISPOSITIVA
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal en Funciones de Control N° 04 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con lugar la Aprehensión de Flagrancia del imputado ROMULO ENRIQUE BRICEÑO CAPRILES, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Precalificación Jurídica del imputado de autos, por considerar que la conducta desplegada por el hoy aprehendido de autos encuadra con los tipos penal de HURTO SIMPLE O GENERICO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 451 del Código Penal en perjuicio de Mayerlin Graciela Hernández y Carlos Javier Soto Añez y el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, de conformidad con el articulo 277 del Código Penal en armonía con los artículos 10 y 25 de la Ley de Armas y Explosivos en contra del Orden Público. TERCERO: Se acuerda la aplicación del .....