DISPOSITIVA.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y medidas Nº 01 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Merida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta la Nulidad Absoluta del escrito acusatorio presentado por la Fiscalía Decima del Ministerio Público en fecha 02-02-2021 inserto al folio 165 al 176. SEGUNDO: Repone la causa al estado de que el Ministerio Público presente acto conclusivo dentro de los veinte (20) días siguientes, una vez recibida las presentes actuaciones por sede fiscal. TERCERO: Remítase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público de procedencia en su oportunidad legal correspondiente. La presente decisión tiene fundamento legal en los artíc.....