De conformidad con los artículo 250, en sus ordinales 1, 2, y 3 y el antepenúltimo párrafo, el artículo 251, ordinales 2, 3, y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 555 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr.Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la sección Penal de Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: UNICO: Decretar la privación judicial preventiva de libertad, al adolescente ya identificado, en virtud de los razonamientos antes señalados. En tal sentido se ordena librar ORDEN DE APREHENSIÓN, debiendo ser ejecuta por las autoridades policiales de la República de Venezuela y una vez ejecutada el adolescente deberá ser remitido al INAM del Estado Mérida, por ser el joven menor de edad, e informar INMEDIAT.....