DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano RAMON ALFREDO GIL MORENO, natural del estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 07-03-1989, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad V-20.431.133, estado civil casado, profesión u oficio: constructor, residenciado en: Lagunillas, sector Llano Seco, detrás del CDI, casa s/n, Municipio Sucre, del estado Bolivariano de Mérida. Teléfono 0426-1729513; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sanciona.....