Este Tribunal de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Escuchada la exposición Fiscal, quien en la audiencia celebrada el día de hoy, cambia sus solicitudes iniciales, en base a los resultados arrogados por las experticias botánica practicada a la sustancia incautada, y toxicologica in vivo, practicada al ciudadano de autos, se ORDENA la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR CONSUMO, previsto en el artículo 141 de la Ley Orgánica de Drogas, al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA conforme a lo dispuesto en el artículo 146 ejusdem), plenamente identificado en autos.-