PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por el ciudadano JORGE MARINO LOBO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad 14.106.382, representado por LUIS ALBERTO CAMINOS ANGULO, titular de las cédula de identidad 15.032.767 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 115.306, en contra de PROYECTO Y CONSTRUCCIONES PROCONCA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Mérida, en fecha 28 de octubre de 1988, bajo el número 08, tomo 6-A, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada PROYECTO Y CONSTRUCCIONES PROCONCA, C.A. a pagar a la parte actora ciudadano JORGE MARINO LOBO MARQUEZ, la cantidad de VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON UN CENTIMOS (Bs. 23.457,01), más las cantidades de dinero que por concepto de intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación judicial, sean calculadas mediante experticias complementar.....