En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de abril de 2014, siendo las once y treinta de la mañana, día fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció a la misma la apoderada de la parte demandada a través de su apoderada Abg. JUDITH DIAZ, cuyo poder corre agregada la copia al expediente al folio 50 al 58. Dándose así inicio a la audiencia; se deja expresa constancia que la parte actora JUAN CARLOS DIAZ SANCHEZ, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.