PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana María Mercedes Rangel Rivas, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.472.823, en contra de la Fundación Instituto de Previsión del Profesorado de la Universidad de los Andes (IPP-ULA), registrada en fecha 27 de diciembre de 1961, bajo el Nro. 127, Protocolo Primero, Tomo Tercero, por ante el entonces Registro Subalterno del Distrito Libertador, y cuyos estatus fueron modificados conforme a documentos registrados por ante el Registro Principal del Estado Mérida en fecha 08 de marzo de 2012, bajo el Nro. 40, protocolo Primero, Tomo 5, Trimestre 1ero del citado año en su condición de patrono, representada por su presidente Virgilio Rafael Castillo Blanco, titular de la cédula de identidad Nº V-13.656.801.
SEGUNDO: Se ordena a la Fundación Instituto de Previsión del Profesorado de la Universidad de los Andes (IPP-ULA) proceda a tramitar la jubilación de la ciudadana María Mercedes Rangel Rivas y pagar mensualme.....