PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por las ciudadanas TYHANI CASERES y ANABELL GONZALEZ, con el carácter de apoderadas judiciales del INSTITUTO DE PREVISION Y ASISTENCIA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION (IPASME), en contra de la Providencia Administrativa Nº Nº 00105-2010, de fecha 08 de julio de 2010, expediente N°. 046-2010-01-00070, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MERIDA, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de reenganche por Traslado y Desmejora interpuesto por el ciudadano JOSÉ DANIEL PEÑA DÁVILA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°. 11.461.194.