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DISPOSITIVO.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Espedito Sánchez Calderón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.490.212, en contra de la Sociedad Mercantil OPERADORA BAR, C.A. (RIF-J-31749506-3), inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Mérida, bajo el Número: 12, Tomo: 179-A, de fecha 06/09/2001, en la persona de MASSIMILIANO RANIERI CAVORSO, titular de la cédula de Identidad Nro. V-23.497.226, en su condición de representante legal.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil OPERADORA BAR, C.A., (RIF-J-31749506-3), inscrita por ante el Registro Mercantil del estado Mérida, bajo el número: 12, Tomo: 179-A, de fecha 06/09/200.....