En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el Abogado FRANCISCO ADOLFO RODRIGUEZ NIETO, en su carácter de Co-apoderado Judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de que el A quo, inicie el procedimiento de recusación de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, formulado por el abogado JOSE LUIS VASQUEZ NAVARRO, apoderado de la parte demandante, en fecha 02 de mayo de 2.007, en contra del nombramiento del experto ciudadano Lic. OSCAR TORRES ARRIA, quien se encontraba juramentado, según acta de fecha 02 de mayo de 2.007 (folio 25). En consecuencia, se anulan todas y cada una de las actuaciones subsiguientes a la mencionada diligencia.
TERCERO:.....