Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho José Luis Vázquez Navarro en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo, con sede en la ciudad de El Vigía, de fecha nueve (9) de Septiembre de 2004, y en consecuencia, una vez que quede firme la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el Tribunal de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo, con sede en la ciudad de El Vigía, de fecha nueve (9) de Septiembre de 2.....