DISPOSITIVO
Por las razones expuestas este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, actuando en sede estrictamente Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado Luís José Silva Sáldate con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Luís Alfredo Pilonieta Blanco, contra las actuaciones judiciales realizadas por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede alterna El Vigía.
SEGUNDO: No hay imposición de costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo.