PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada María Carolina Sánchez Quintero en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29 de noviembre de 2011, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, tiene incoado la ciudadana GLADYS ROCELY ROJAS MENDEZ contra la Sociedad Mercantil METRO SPORTS INTERNACIONAL, C.A. fungiendo como apoderado judicial el profesional del derecho Egberto Abdón Sánchez Noguera.
SEGUNDO: Por cuanto en este Circuito Judicial existen otros dos Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, se ordena remitir inmediatamente el presente expediente al Coordinador Judicial de la sede principal de la ciudad de Mérida, a los fines de que la presente causa sea distribuida entre los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ej.....