Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano Efrén Darío Ortiz Zerpa, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 28 de enero de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en la ciudad de El Vigía.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión en fecha 28 de enero de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en la ciudad de El Vigía, donde declara Con Lugar la Solicitud de Calificación de Despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta en fecha 26 de marzo de 2001, por la ciudadana MIRIAN GUERRE.....