Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Recusación, interpuesta por el profesional del derecho: José Luis Vásquez Navarro, contra la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede Alterna El Vigía, Abogada Minerva Mendoza Paipa.
SEGUNDO: Se impone al abogado José Luis Vásquez Navarro, una multa equivalente a diez (10) unidades tributarias, por no considerar temerario el planteamiento de recusación formulado, el cual, deberá pagar en el lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la decisión de esta incidencia, por ante cualquier oficina receptora de Fondos Nacionales para su ingreso en la Tesorería Nacional.