Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Ratifica el acuerdo alcanzado por las partes en el presente proceso.
SEGUNDO: Se homologa el acuerdo alcanzado, donde la ciudadana LILLYAN CORTES VIUDA DE OROZCO, con el carácter de tercera interviniente en este proceso, se comprometió a pagar a la parte accionante ciudadano JUAN DE JESÚS VASQUEZ, por prestaciones sociales y demás conceptos laborales, la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), en la forma ut supra; en consecuencia se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: Se declara desistido el recurso de apelación formulado por el ciudadano JUAN DE JESÚS VÁSQUEZ, en su condición de parte demandante, asistido por el profesional del derecho LEANDRO ENRIQUE .....