- III -
DISPOSITIVO
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR ACCIDENTAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Abogada Glasbel del Carmen Belandría Pernía, en su condición de Jueza del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 07 de agosto de 2015, en el asunto que por Beneficio de Alimentación sigue la ciudadana Eliany Yetzirah Matos, contra el Instituto Universitario de Tecnología Antonio José de Sucre.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Superior Accidental del Trabajo, seguirá conociendo de la presente causa, por haberse declarado Con Lugar la Inhibición.
TERCERO: Particípese mediante oficio de la presente decisión a la Juez inhib.....