PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por la profesional del derecho Hilmari Gamboa González, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 10 de mayo de 2010.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado en el que se declaró: Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana JESUCITA DEL CARMEN ACEVEDO DE ARIZA en contra de la Sociedad Civil CAJA DE AHORROS DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (CAPROF ULA) por cobro de Diferencia y Ajuste de Pensión de Jubilación, condenándose a la accionada a pagar a la accionante la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CNTIMOS (Bs.5.285,94) con los demás pronunciamientos referidos a intereses de mora y condena en costas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada-recurrente en lo que corresponde a la segunda inst.....