PRIMERO: Se confirma la decisión sometida a consulta, conforme con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; aplicable por analogía conforme al artículo 56 de la Ley de la Procuraduría General del Estado Mérida, dictada en data 27 de mayo de mayo de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que declaró:
"PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE NULIDAD que fuera interpuesto por la ENTIDAD FEDERAL MÉRIDA, por el órgano de la Dirección Estadal del Poder Popular de Educación, Cultura y Deporte, contra Providencia Administrativa N° 00036-2012, de fecha 28 de febrero de 2012, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO MERIDA, contenida en el expediente administrativo N° 046-2011-01-00404.
SEGUNDO: Se ordena la notificación del Procurador General del Estado Mérida de la presente decisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuradu.....