DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por ELISEO ANTONIO MORENO ANGULO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.097.729, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.416, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil "CERVECERIA POLAR C.A.," cesionaria de los derechos y obligaciones de la empresa D.O.S.A., Sociedad Anónima, contra el Auto de Admisión de Pruebas proferido por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 21 de noviembre del año 2007, en la causa principal Nº LP21-L-2007-000187
SEGUNDO: SE CONFIRMA el Auto de Admisión de Pruebas proferido por el Tribunal Segundo de Prime.....