-IV-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el recurso de apelación que propuso la abogada Dulce Emperatriz Calles Navas, actuando con el carácter de apoderada del ciudadano Albeiro Abad Dugarte Rondón, contra la Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva, publicada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 14 de diciembre de 2016, en la causa principal signada con la nomenclatura No. LP21-L-2016-000356.
SEGUNDO: Se Confirma la Sentencia Interlocutoria Con Fuerza Definitiva, que declaró:
"(...) por lo que no puede esta Juzgadora tener como subsanado lo ordenado ni en parte ni en su totalidad visto que .....