PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Hecho interpuesto por la profesional del derecho Marly Altuve Uzcategui, con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, contra el auto proferido del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 02 de junio de 2011; en consecuencia, se ordena al mencionado Tribunal oír la apelación en un solo efecto, ejercida por la abogada Marly Altuve Uzcategui, con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "Inversiones Linder García C.A.".
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante recurrente de hecho dada la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen a los fines legales subsiguientes.