PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Eliseo Antonio Moreno Ángulo, contra el auto de fecha 12 de mayo de 2011, proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se confirma el auto recurrido, proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 12 de mayo de 2011, mediante el cual, niega la prueba de inspección judicial, experticia contable y exhibición de documentos promovida por la parte demandada.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada-recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.