Por las razones de hecho y derecho expuestos en la motivación del fallo, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ratifican de la sentencia sometida a la consulta los dispositivos "Primero, Segundo y Tercero.
SEGUNDO: SE MODIFICAN los dispositivos "Cuarto y Quinto" por los motivos expuestos, quedando la decisión del mérito en los términos siguientes:
Primero: SIN LUGAR el punto previo alegado por la parte demandada, en cuanto a la incompetencia del Tribunal para decidir la presente causa.
Segundo: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ERBISANDRO ASDRÚBAL ALDANA FERNANDEZ, en contra de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS (SUNACOOP) REGIÓN MERIDA, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS.
Tercero: Se ordena a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS (SUNA.....