Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA, por el ciudadano JOSE TRINIDAD AVENDAÑO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.146.246, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL "OESVICA, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 42, Tomo 16, de fecha 08 de marzo del año 2005, en la persona del ciudadano CARLOS BLANCO, en su condición de representante legal de la prenombrada sociedad, cuya pretensión se circunscribe al Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.