Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano BENEDICTO RANGEL QUINTERO, Venezolano. Mayor de edad, de este domicilio, civilmente hábil, supervisor de obras civiles de construcción, y titular de la cédula de identidad V-8.034.129, contra sociedad mercantil CONSTRUCCIONES, INSPECCIONES CIVILES, ELECTRICAS Y MECANICAS CA (CIPCEM CA), Inscrita por ante el registro mercantil que llevaba el Juzgado segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, del transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; con sede en esta Ciudad de Mérida, en fecha 31 de julio de 1979; anotada e inserto bajo el numero 1301. En la persona de la ciudadana BENITA ARAUJO VIUDA D.....