ESTE TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DE LA COORDINACIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara:
Primero: En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso.
Segundo: Y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Tercero: Se ordena la entrega del cheque Nº 05629812 del Banco Mercantil de la agencia Zona Industrial Maracaibo Estado Zulia, de la cuenta Nº 01050099111099072336, de fecha 12/02/07, monto de Bs. 5.358.852,96, que se encontraba bajo custodia de este Tribunal, a la ciudadana ADRIANA KARELYS HERNÁNDEZ RODRIGUEZ.
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Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada por secretaria.