Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano: JOSÉ DE LA PAZ CONTRERAS LINDARTE, contra el ciudadano: EVELIO GARNICA en su condición de patrona y representante legal de la empresa SEGURIDAD SAN MIGUEL C.A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES CON UN CÉNTIMOS (Bs. 1.706.400,01) (equivalente a 1.706 Bs. F) por los conceptos antes señalados. Así se establece
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, CERTIFÍQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ,
Abg. REINA RONDÓN GRATEROL.
EL SECRETARIO,
Abg. GABRIEL EDUARDO PEÑA.