Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano JESUS ALEXIS RIVAS , venezolano mayor de edad, Cedula de Identidad V-14.250.053, contra de el ciudadano, NELSON GRISOLIA ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de por los conceptos antes señalados es decir ONCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.11.558.716, 00). Así se establece
PUBLÍQUESE, REGISTRESE, CERTIFIQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
LAJUEZ,
Abg. REINA RONDON GRATEROL.
EL SECRETARIO,
Abg. GABRIEL EDUARDO PEÑA.