Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano: DOUGLAS DE JESÚS CARRERO, contra el ciudadano: MANUEL FELIX TEXEIRA en su condición de propietario del establecimiento denominado AREPERIA LAS DELICIAS, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.3.588,44) por los conceptos antes señalados. Así se establece. Se ordena la notificación de las partes en virtud de que la presente sentencia se publico fuera del lapso establecido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, CERTIFÍQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ,
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