Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN de la instancia de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS; sigue el ciudadano: DENYS BUITRAGO AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.075.170, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, contra el Fondo de Comercio "INVERSIONES CASTRO ROJAS" de Milciades Castro Ruiz, en la persona de su único propietario ciudadano Milciades Castro Ruiz, por no haber subsanado el escrito de la demanda.