Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos NACARI DEL VALLE PUENTES CONTRERAS, MARÍA ROSAURA MERCHAN RUIZ Y NESTOR LUÍS ZAMBRANO HERNÁNDEZ, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ÉXITO SEGURO, R.L., en la persona del ciudadano: José Leandro Ramírez Torres.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA ÉXITO SEGURO, R.L., en la persona del ciudadano: José Leandro Ramírez Torres, a pagar a los Demandante ciudadanos: NACARI DEL VALLE PUENTES CONTRERAS, MARÍA ROSAURA MERCHAN RUIZ Y NESTOR LUÍS ZAMBRANO HERNÁNDEZ, las cantidades señaladas respectivamente en el presente fallo.
TERCERO: Se ordena realizar una experticia complementaria al fallo de conformidad con el artículo 159 d.....