Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano: MANUEL CALAZANZ AVILA RAMOS, contra de el ciudadano JORGE LUIS PEREZ, en su condición de representante legal de la HACIENDA ISLA VERDE, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA YCINCO CENTIMOS (Bs.3.977.244,55) (equivalente a 3.977 Bs. F) por los conceptos antes señalados. Así se establece
PUBLÍQUESE, REGISTRESE, CERTIFIQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ,
Abg. REINA RONDON GRATEROL.
EL SECRETARIO,
Abg. GABRIE.....