este Tribual Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía, procede a la EJECUCIÓN FORZOSA, de conformidad con el articulo 526 y 527 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte intimada, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 4.400.000), si recayera en cantidades liquidas de dinero. En caso de embargar bienes muebles o inmuebles propiedad de la parte demandada se hará por el doble de la suma condenada.
La Juez,
Abg. Reina Rondón Graterol.
El Secretario,
Abg. Gabriel Peña.