Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRIMA NAVIDEÑA Y DIFERENCIA SALARIAL, interpuso el ciudadano: MILEIDA ELENA BRACHO MORILLO, anteriormente identificada, contra la ciudadana: ROSSANA CRISTANTIELLO, en su carácter de patrona. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.3.449, 44) por los conceptos antes señalados. Así se establece
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de El Vigía, a los veintidós (22) días.....