PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano NERIO DE JESÚS ROA, en contra de la COOPERATIVA VIGÍA EXPRES 564 R.L., representada legalmente por el ciudadano Javier Segundo Coy, por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la demandada, COOPERATIVA VIGÍA EXPRES 564 R.L., representada legalmente por el ciudadano Javier Segundo Coy, pagar a la parte actora, ciudadano NERIO DE JESÚS ROA, la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 5.768,64), por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, más la cantidad de dinero calculada por concepto de interés por antigüedad, así se establece.
TERCERO: Se condena a la parte demandada antes indicada, a pagar a la demandante en comento, el interés por antigüedad cuyo monto se determinará mediante experticia complementaria del fallo, la cual se
CUARTO: De conformidad con l.....