PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD-HOC, suscrita y presentada por el ciudadano DANNY JOSÉ LACRUZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.350.808, domiciliado en La Pedregosa Alta, Calle Boconó, casa s/n, parroquia Lasso de la Vega, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil, a favor de sus hijos los niños (Se omite nombre de acuerdo al Artículo 65 de la Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes), de nueve (09) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-34.968.694, F.N.: 11/08/2013, y (Se omite nombre de acuerdo al Artículo 65 de la Ley Orgánica de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (08) años de edad, F.N.: 16/02/2015.