DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos LUIS ALBERTO RANGEL y JUDITH JOSEFINA SANCHEZ CONTRERAS, identificados en autos, en fecha (11) de octubre del año (1.993), por ante la Prefectura Civil del Municipio Foráneo Chiguará, Municipio Autónomo Sucre del Estado Mérida del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 19.