PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ROCIO PAULINA DELGADO CHIRINOS y JHONNY SALAZAR ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, soltero, titulares de las cédulas de identidad números V- 20.199.909 y V-14.267.919, en su orden, domiciliados en la urbanización 5 Águilas Blancas del sector San Jacinto, avenida 3, Pico Águila, casa 61-12, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, correo electrónico, rocipauli24@gmail.com, número telefónico: 0416-4724364 y correo electrónico: salazarjhonny277@gmail.com, número telefónico 0424-7498369, respectivamente, y civilmente hábiles; a favor de su hijo, el niño SANTIAGO JHONNIEL SALAZAR DELGADO, de diez (10) años de edad, F.N: 27/05/2013, titular de la cédula de identidad Nº V-36.044.609, pasaporte N° 182964105; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.