PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio suscrita y presentada por la abogado en ejercicio YOLEIDA DEL CARMEN RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.244.134, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 160.332, de este domicilio y jurídicamente hábil en su carácter de APODERADA JUDICIAL de la ciudadana YULYMAR URIBE PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.350.809, domiciliada en el barrio San Vicente, la calle 53#33-28, localidad Tunjuelito Sur, Bogotá Colombia, código postal N° 110211 y civilmente hábil, contra el ciudadano ÁNGEL ADELMO DÍAZ RINCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.850.599, domiciliado en carrera 65g #25°-112, barrio trinidad, Medellín Antioquia Colombia y civilmente hábil; con fundamento en la sentencia vinculante Nº 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.