este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" y "l" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, atendiendo al Interés Superior de las niñas de autos, resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar que las ciudadanas niñas SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, la primera de 4 años de edad y la segunda de 8 meses de edad, forma parte de la carga familiar y depende económicamente del ciudadano NESTOR RAMÓN RODRÍGUEZ ALARCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.007.610, domiciliado en la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida. Así se decide.- Se dejan a salvo los derechos de terceros, de conformi.....