DECLARA CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por el Apoderado Judicial del ciudadano JAIME WUILFREDO VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.324.341, domiciliado en Mérida Estado Mérida, contra la ciudadana YENIFER MONTILLA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.579.692, domiciliada en Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, con fundamento en la causal segunda referida al abandono voluntario establecida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos JAIME WUILFREDO VILLARREAL y YENIFER MONTILLA GOMEZ, ambos ya identificados, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Rangel del Estado Mérida, en fecha 13 de diciembre del año dos mil tres, (13/12/2003), tal como consta en Acta de matrimonio signada con el N° 16.