DECLARA CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana: YUDY CATHERINA RIVAS ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.033.665, domiciliada en la Avenida 2 Lora, entre calles 33 y 34, edificio San Antonio, piso 3, apartamento 7, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, contra el ciudadano MARIO ANTONIO RIBEIRO PAIXAO, de nacionalidad Brasilera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-0586049-0, con fundamento en la causal segunda (abandono voluntario) contenida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió, contraído por ante la Prefectura Civil, hoy Registro Civil de la Parroquia La Quebrada, Municipio Urdaneta, Estado Trujillo, en fecha diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco (19/05/1995), tal como consta en Acta de matrimonio signada con el N° 15.