SEGUNDO: se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha veinte (20) de diciembre de dos mil veintidos (2022),por los ciudadanos abogados Juan Carlos Alviarez Villamizar y July Johana Do Vale Rondón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 13.171.534 y V- 16.678.780 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros°199.150 y N° 187.460, respectivamente, apoderados judiciales según poder Apud Acta, de los ciudadanos Luzmar Iveth Rivera Dávila, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.719.069 y al ciudadano extranjero Libardo Reyes Navia, mayor de edad N° E- 81.151.261, contra la decisión del Tribunal A-quo, de fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintidós (2022).Y así se decide.