En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se declara con lugar el recurso de hecho interpuesto por la abogada María Milena Rivas, supra identificada, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Luigino Vendrame Velasco, en el juicio de daño material y lucro cesante, que cursa por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, signado bajo el Nº 3427 de la nomenclatura particular de dicho Juzgado, contra el auto, en el cual se admite la apelación en un sólo efecto, interpuesta esta en fecha veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016); contra la decisión proferida el día veintidós (22) de junio de dos mil dieciséis (2016).