AUTO DE INHIBICIÓN
Siendo las nueve horas de la mañana del día de hoy, veinticuatro de septiembre del año dos mil quince (24-09-2015) se hizo presente ante la secretaria el Juez (P) del Juicio con competencia en el juzgamiento de delitos de violencia contra la mujer del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, abogado ARQUIMEDES RAMON MONZON HERNANDEZ, quien en tal condición expuso: "Me INHIBO de conocer de la presente causa LP02-S-2014-000399, que se le sigue al ciudadano EDGAR ALEXANDER URIBE por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho De Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jenny María Zambrano; en virtud de haber emitido opinión al haber celebrado la audiencia preliminar y auto de apertura a juicio, en fechas 28-08-2014 y 23-01-2015, por tanto, estima este juzgador que la presente inhibición es obligatoria, pues considero que tal situación podría.....